sábado, 29 de septiembre de 2012

La injusticia en México.

La prisión de un hombre libre
Juan López Villanueva *
Actualmente, Alberto Patishtán purga una condena de 60 años de prisión por un crimen que no cometió. En México, la inmensa mayoría de personas privadas de su libertad, sujetas a proceso penal o sentenciadas, son víctimas de fabricación de prueba o de violaciones al debido proceso. El caso de Patishtán no es la excepción, pero en este caso tenemos prueba plena que debiera ser reconsiderada por la más alta insignia judicial mexicana.
En junio de 2000, a dos años de la masacre de El Bosque en la que las comunidades de Chavajeval, El Bosque y Unión Progreso fueron víctimas de incursiones policiales y militares que derivaron en la ejecución sumaria de una decena de civiles, ocurrió la emboscada en la que fueron asesinados siete policías, además de lesiones a dos personas más. En un principio parecía lógica la conexión: en un acto de justicia por propia mano, las comunidades agredidas dos años atrás cobraban venganza por aquella afrenta. Así, en julio de 2000, se procedió a la captura de Salvador López González y su hermano –milicianos del EZLN–, así como de Alberto Patishtán Gómez, un profesor cuyo único crimen fue ser considerado como enemigo político por el entonces presidente municipal de El Bosque.
Como parte del equipo jurídico del Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas, asumimos la defensa de Salvador. Con el apoyo de su comunidad, logramos probar su inocencia, pero también quedó expuesta la insana acusación de la Procuraduría General de la República: inverosímil, sin sustento ni prueba objetiva plena. La PGR pretendía que dos personajes de distinto cuño político se habían confabulado sin móvil alguno y se habrían dejado descubrir por uno de los sobrevivientes, precisamente el hijo del presidente municipal de El Bosque.
El equipo jurídico del Frayba logró una sentencia absolutoria para Salvador –Shalik, como le dicen sus compañeros de causa. En el caso de Patishtán, una débil defensa y la tendenciosa actitud judicial conllevó a la sentencia que lo tiene ahora preso. Desde entonces, ha librado una extraordinaria acción pacifista a costa de su propio cuerpo con prolongados ayunos, el más largo llegó a los 41 días en octubre de 2011, a favor de la población en pobreza que sufre la represión del sistema penal en Chiapas. Así, mediante ayunos y acciones de resistencia civil encabezó una movilización que logró la liberación de cientos de personas, la mayoría indígenas como él. El único de esa saga de resistencia que no logró la libertad ha sido el propio Alberto Patishtán. Con la salud mermada por las condiciones propias de las cárceles mexicanas, fue arbitrariamente trasladado al penal de Guasave, Sinaloa.
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Adherentes a la otra campaña, durante una protesta en mayo pasado en la que exigen la liberación de Patishtán y otros presos políticosFoto Moysés Zúñiga Santiago
Como defensa de su coacusado, como seguidor del caso de Patishtán, y como defensor de derechos humanos desde hace 15 años, no tengo ninguna duda de que se está cometiendo una grave injusticia en su contra. Ahora que la nueva y experimentada defensa de Alberto ha promovido un incidente de reconocimiento de inocencia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación puede hoy actuar con atención a un largo y complejo contexto de anomalías recurrentes y estructurales en las acusaciones de la PGR y de la procuraduría local en toda una era, que han conllevado sonadas y muy dolorosas resoluciones del máximo tribunal de la nación; Acteal es una muestra de ello.
En un largo y documentado contexto de anomalías de los órganos persecutores del delito (Ministerio Público y policías de investigación, antes policía judicial), el caso de Alberto es una de las más emblemáticas muestras del porqué es imprescindible dar la vuelta a la página de los juicios penales inquisitoriales, y avanzar hacia un sistema de justicia democrático. Uno de los problemas es que esto prensa los dedos mismos de la justicia ¿Qué hacer con los casos en los que no fue garantizado un juicio basado en los principios de legalidad, equidad procesal y debida defensa? ¿Cuánta gente ha debido soportar una sentencia que no se ajusta a los parámetros del artículo 8° del Pacto de San José, ley suprema de toda la Unión?
En el nuevo sistema penal acusatorio, el proceso penal no termina con la sentencia firme, sino hasta que la pena impuesta es cumplida, lo que facilita corregir posibles errores. De hecho, uno de los cuatro objetos del nuevo sistema es proteger al inocente. En esta hora la SCJN puede sentar precedentes para ajustar una realidad negada: no ha habido justicia en muchas acusaciones. En algunos, el caso de Alberto, la PGR abiertamente degrada su función y empuja a sentencias inconcebibles, gracias a una pobre perspectiva del análisis probatorio de prácticamente todos los jueces (el juez que condenó a Alberto no estuvo presente en ninguna audiencia de desahogo de pruebas). Así, tampoco hubo justicia para las familias de los policías asesinados: no se esclarecieron los hechos.
El alma de Alberto ha logrado liberarse, por él mismo y por la solidaridad de una multitud que crece. Vamos ahora por liberar su cuerpo y por la reparación del daño ocasionado.
* Defensor de derechos humanos

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