El Gobierno impugna la declaración soberanista del Parlamento catalán
Santamaría anuncia la impugnación tras los informes del Consejo de Estado y de la Abogacía
La decisión, según la Constitución, "producirá la suspensión de la resolución recurrida"
El País
Madrid
1 MAR 2013 - 15:20 CET474
El Gobierno ha decidido hoy "impugnar" ante el Tribunal
Constitucional la declaración de independencia aprobada por el
Parlamento de Cataluña el pasado 23 de enero, lo que según establece la
Ley Fundamental "producirá la suspensión de la disposición o resolución
recurrida".
La decisión sobre la impugnación llega después de que el Ejecutivo haya obtenido el aval del Consejo de Estado, órgano consultivo pero no vinculante, que ayer emitió un dictamen en el que señala que existen fundamentos jurídicos suficientes para impugnar el texto que proclama al pueblo catalán “sujeto político y jurídico soberano”. El Gobierno puede así esgrimir todos los argumentos constitucionales para frenar los planes de Artur Mas mientras el reto soberanista del presidente de la Generalitat ahonda la fractura entre el PSOE y el PSC.
El presidente de la Generalitat, Artur Mas, había afirmado antes de la comparecencia de la número dos del Ejecutivo que estaría "fuera de lugar" que el Consejo de Ministros acordara la impugnación y ha emplazado al Gobierno a cambiar su actitud y dialogar, informa Europa Press. La vicepresidenta, que ha apelado al diálogo, ha manifestado la esperanza de que "del mismo modo que el Gobierno de España respeta los recursos de las autonomías, Cataluña entienda que tenemos que seguir el mismo procedimiento".
El visto bueno del organismo presidido por José Manuel Romay Beccaria se suma al de la Abogacía del Estado, que también se pronuncia de forma favorable por el recurso. Fue la número dos el Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría, quien hace tres semanas dio a conocer su contenido tras el Consejo de Ministros al calificarlo de “muy determinante”. El informe de la Abogacía, fundamentado de manera “muy rigurosa” según el Gobierno, considera que la declaración soberanista vulnera, entre otros preceptos, la “indisoluble unidad de la nación española”.
Ese mismo día, el pasado 8 de febrero, el Ejecutivo solicitó al Consejo de Estado el dictamen remitido ayer al Ministerio de Hacienda y que hoy ha tenido sobre la mesa del Consejo de Ministros. El mensaje que quiso trasladar entonces Santamaría fue que la declaración de independencia no es compatible con la Constitución y, por tanto, no es viable. La vicepresidenta recordó que la única nación reconocida por el texto constitucional, calificándola además de “indivisible”, es la española. También apuntó que todos los poderes públicos deben someterse al ordenamiento jurídico y por eso, la declaración “produce efectos jurídicos extra al inducir hacia un fin claramente inconstitucional”.
Además de atacar “la indisoluble unidad de la nación española”, según el Gobierno, “proclamada en el artículo 2 de la Constitución, el texto soberanista” sería incompatible con el precepto que establece que “la soberanía nacional reside en el pueblo español” y otro que subraya que “los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución”.
El artículo 114 establece que el Consejo General del Poder Judicial se renovará por completo cada 5 años, computados desde la fecha de su constitución.
El Ministerio de Justicia ha señalado que la suspensión de los trámites para renovar los vocales del órgano de gobierno de los jueces obedece a que, la próxima renovación, prevista para el 24 de septiembre, se realice ya bajo los cambios introducidos por la reforma del Consejo.
La reforma permitirá que pueda solicitar la candidatura cualquier juez o magistrado en activo que reúna 25 avales de sus compañeros o el de una asociación judicial. La lista completa de candidatos (no 36 como hasta ahora) se elevará a las Cortes para que el Congreso y el Senado elijan a los vocales que a cada una de estas Cámaras le corresponde.
La decisión sobre la impugnación llega después de que el Ejecutivo haya obtenido el aval del Consejo de Estado, órgano consultivo pero no vinculante, que ayer emitió un dictamen en el que señala que existen fundamentos jurídicos suficientes para impugnar el texto que proclama al pueblo catalán “sujeto político y jurídico soberano”. El Gobierno puede así esgrimir todos los argumentos constitucionales para frenar los planes de Artur Mas mientras el reto soberanista del presidente de la Generalitat ahonda la fractura entre el PSOE y el PSC.
"Nuestra
obligación como Gobierno es cumplir y hacer cumplir las leyes", ha
señalado la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría que se ha
referido al informe del Consejo de Estado como base para esa
impugnación, ya que el mismo señalaba que "dicha resolución es
incompatible con la Constitución", antes de aclarar que se trata de "una
impugnación, no un recurso de inconstitucionalidad".
El artículo 161 de la Constitución establece que "el Gobierno podrá
impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y
resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La
impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución
recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla
en un plazo no superior a cinco meses".El presidente de la Generalitat, Artur Mas, había afirmado antes de la comparecencia de la número dos del Ejecutivo que estaría "fuera de lugar" que el Consejo de Ministros acordara la impugnación y ha emplazado al Gobierno a cambiar su actitud y dialogar, informa Europa Press. La vicepresidenta, que ha apelado al diálogo, ha manifestado la esperanza de que "del mismo modo que el Gobierno de España respeta los recursos de las autonomías, Cataluña entienda que tenemos que seguir el mismo procedimiento".
El visto bueno del organismo presidido por José Manuel Romay Beccaria se suma al de la Abogacía del Estado, que también se pronuncia de forma favorable por el recurso. Fue la número dos el Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría, quien hace tres semanas dio a conocer su contenido tras el Consejo de Ministros al calificarlo de “muy determinante”. El informe de la Abogacía, fundamentado de manera “muy rigurosa” según el Gobierno, considera que la declaración soberanista vulnera, entre otros preceptos, la “indisoluble unidad de la nación española”.
Ese mismo día, el pasado 8 de febrero, el Ejecutivo solicitó al Consejo de Estado el dictamen remitido ayer al Ministerio de Hacienda y que hoy ha tenido sobre la mesa del Consejo de Ministros. El mensaje que quiso trasladar entonces Santamaría fue que la declaración de independencia no es compatible con la Constitución y, por tanto, no es viable. La vicepresidenta recordó que la única nación reconocida por el texto constitucional, calificándola además de “indivisible”, es la española. También apuntó que todos los poderes públicos deben someterse al ordenamiento jurídico y por eso, la declaración “produce efectos jurídicos extra al inducir hacia un fin claramente inconstitucional”.
Además de atacar “la indisoluble unidad de la nación española”, según el Gobierno, “proclamada en el artículo 2 de la Constitución, el texto soberanista” sería incompatible con el precepto que establece que “la soberanía nacional reside en el pueblo español” y otro que subraya que “los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución”.
Reforma del Poder Judicial
El Consejo de Ministros ya acordó el 1 de febrero un anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial que suspende el artículo 112 y parcialmente el artículo 114 de la norma vigente. El primero recoge el procedimiento para designar a los 12 vocales de adscripción judicial, que serán elegidos entre una lista de 36 candidatos.El artículo 114 establece que el Consejo General del Poder Judicial se renovará por completo cada 5 años, computados desde la fecha de su constitución.
El Ministerio de Justicia ha señalado que la suspensión de los trámites para renovar los vocales del órgano de gobierno de los jueces obedece a que, la próxima renovación, prevista para el 24 de septiembre, se realice ya bajo los cambios introducidos por la reforma del Consejo.
La reforma permitirá que pueda solicitar la candidatura cualquier juez o magistrado en activo que reúna 25 avales de sus compañeros o el de una asociación judicial. La lista completa de candidatos (no 36 como hasta ahora) se elevará a las Cortes para que el Congreso y el Senado elijan a los vocales que a cada una de estas Cámaras le corresponde.
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